El Gobierno permite jubilarse a los 52 años con pensión completa: así funciona el nuevo sistema

La nueva norma fija criterios técnicos para colectivos con alta siniestralidad o desgaste físico, y abre un proceso regulado para ampliar los beneficiarios mediante análisis objetivos

2020 05 21 13:50:10 023
Ada Sanuy

Coordinadora editorial

Actualizado a

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La nueva norma establece criterios técnicos y objetivos que permitirán anticipar la edad ordinaria de jubilación a trabajadores que desempeñen ocupaciones con condiciones especialmente duras.

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el procedimiento previo para establecer coeficientes reductores en la edad de jubilación para actividades profesionales de carácter penoso, peligroso o insalubre. Esta medida, calificada como un “hito” por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, da cumplimiento al acuerdo alcanzado en julio de 2024 entre el Gobierno, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme, y se enmarca dentro de las reformas del sistema de pensiones iniciadas en 2021.

La nueva norma establece criterios técnicos y objetivos que permitirán anticipar la edad ordinaria de jubilación a trabajadores que desempeñen ocupaciones con condiciones especialmente duras, y que no puedan beneficiarse de una mejora de sus condiciones laborales.

Criterios objetivos para reconocer trabajos penosos

Entre los indicadores contemplados para determinar si una actividad puede acogerse a este régimen especial se encuentran, entre otros, la exposición a temperaturas extremas, el ruido, las vibraciones, el uso continuado de fuerza física, así como el contacto con agentes físicos, químicos o biológicos. También se valorará la toxicidad, la peligrosidad y la insalubridad de la actividad profesional.

El Real Decreto establece que la evaluación se basará en una serie de indicadores objetivos, como:

  • La incidencia de procesos de incapacidad temporal en relación con el total de trabajadores del colectivo, desglosada por edad y sexo.
  • El número de fallecimientos y reconocimientos de incapacidad permanente registrados.
  • La duración media de los procesos de incapacidad, que se medirá en días.

Estos datos permitirán a la Seguridad Social elaborar un informe de morbilidad y mortalidad, en el que también se tendrán en cuenta factores como la edad, el sexo, la parcialidad en el empleo, la rotación, el tamaño de la empresa y su ubicación geográfica.

Un proceso técnico y participativo

El procedimiento se inicia con una solicitud formal para reconocer la aplicación de estos coeficientes reductores, que podrá ser realizada por organizaciones empresariales, sindicales, de autónomos o incluso administraciones públicas.

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social será la encargada de analizar la documentación y emitir un informe, solicitando además el apoyo técnico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo y, en el caso de los empleados públicos, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Estos informes serán evaluados por una comisión de evaluación en la que estarán representados los agentes sociales, y que emitirá una resolución sobre la idoneidad de aplicar estos coeficientes. Si se cumplen los requisitos, se podrá iniciar la tramitación del correspondiente Real Decreto sectorial que establezca el anticipo de la edad de jubilación para el colectivo en cuestión.

Límites, exclusiones y condiciones

El nuevo procedimiento no afectará a colectivos que ya disponen de esta posibilidad, como los trabajadores del mar, mineros o el personal de vuelo, sino que se aplicará exclusivamente a nuevos grupos laborales que actualmente no cuentan con este derecho.

Además, la edad mínima para poder jubilarse anticipadamente mediante este mecanismo será de 52 años, sin posibilidad de reducirla más allá de ese umbral. Otra limitación es que la pensión de jubilación obtenida mediante coeficientes reductores no podrá compatibilizarse con el desempeño de la misma actividad que motivó el anticipo, para evitar distorsiones en el uso de la medida.

Impacto económico: cotización adicional

La aplicación de estos coeficientes implicará un aumento en la cotización a la Seguridad Social para los colectivos afectados. Este incremento se aplicará sobre la base de cotización por contingencias comunes y será asumido tanto por la empresa como por el trabajador.

La cuantía del tipo adicional de cotización se determinará en los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio, lo que permitirá ajustar el esfuerzo contributivo a las condiciones de sostenibilidad del sistema y a las características del colectivo.

Profesiones ya reguladas y potenciales nuevos beneficiarios

Según lo establecido en el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros el 28 de mayo de 2024, el nuevo procedimiento de aplicación de coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación no afectará a los colectivos que ya disponen de esta posibilidad mediante normativa propia. Es decir, quedan excluidos de este nuevo marco regulatorio sectores como:

  • Trabajadores del mar, regulados en virtud del Real Decreto 1386/2011
  • Mineros, regulados desde el Real Decreto 2064/1995
  • Personal de vuelo, cubiertos por el Real Decreto 1559/1986
  • Ferroviarios, bajo lo dispuesto en el Real Decreto 2621/1986
  • Policías locales y autonómicos, con regulación específica en algunas comunidades autónomas
  • Bomberos, en distintas normativas autonómicas y locales
  • Artistas y profesionales taurinos, que cuentan con regímenes adaptados dentro del sistema general

En todos estos casos, la edad de jubilación anticipada y las condiciones para acceder a ella ya están reguladas, por lo que no será necesario recurrir al procedimiento establecido en el nuevo Real Decreto.

Otros colectivos que se podrían acoger al la novedad

En cambio, el nuevo reglamento abre la puerta a que otros colectivos que aún no cuentan con este derecho puedan solicitarlo, siempre que acrediten, a través de informes técnicos, niveles elevados de morbilidad, siniestralidad o desgaste físico y la imposibilidad de mejora mediante adaptaciones laborales. La norma prevé que esta solicitud pueda ser presentada por organizaciones sindicales, empresariales o administraciones públicas y será evaluada por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Ministra inclusion seguridad social migraciones elma saiz rueda prensa

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 27 de mayo de 2025, en Madrid (España). 

Alberto Ortega / Europa Press

Entre los sectores que, en función de sus condiciones laborales, podrían acogerse a este procedimiento se encuentran:

  • Camareras de piso
  • Conductores profesionales (transporte de mercancías y viajeros)
  • Personal sanitario de atención directa
  • Trabajadores de la construcción
  • Empleados en industrias químicas o con exposición a riesgos físicos
  • Buceadores y operarios de riesgo subacuático

En todos los casos, la inclusión efectiva dependerá de que se superen los criterios técnicos definidos en el procedimiento y se apruebe un Real Decreto sectorial posterior, tal como establece el nuevo marco normativo publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Convergencia con Europa y justicia social

Según destacó la ministra Elma Saiz, esta regulación “conecta con las reformas más recientes en materia de Seguridad Social” y persigue un objetivo claro: adaptar la jubilación a los distintos perfiles y condiciones de los trabajadores.

Portavoz gobierno ministra educacion formacion profesional deportes pilar

La portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Pilar Alegría, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 27 de mayo de 2025, en Madrid (España).

Alberto Ortega / Europa Press

Por su parte, la ministra portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, aseguró que esta medida “acerca a España a otros países de nuestro entorno”, como Francia, Austria o Italia, que ya cuentan con mecanismos similares para contemplar la jubilación anticipada por razones de actividad profesional.

Elma Saiz subrayó que el sistema de pensiones debe ser “flexible y solidario”, recordando que la solidaridad es uno de los principios del Pacto de Toledo, que en 2025 cumple 30 años.

Puntos clave

  • El Gobierno aprueba un Real Decreto para adelantar la jubilación en trabajos penosos, peligrosos o insalubres mediante coeficientes reductores.
  • El proceso será aplicable solo a nuevos colectivos y exigirá un informe técnico basado en indicadores objetivos de morbilidad y siniestralidad.
  • La edad mínima de jubilación por esta vía será de 52 años, sin compatibilidad con el ejercicio de la misma actividad.
  • Las solicitudes podrán ser presentadas por empresarios, sindicatos o administraciones ante la Seguridad Social.
  • Se establecerá un incremento en la cotización para los colectivos beneficiarios, definido anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.