¿Compartes cuenta bancaria? Descubre qué pasa si fallece uno de los titulares (y evita problemas legales y económicos)

Organizar el dinero de forma conjunta tiene ventajas, pero pocos saben qué implicaciones legales y prácticas aparecen tras la pérdida de uno de los responsables

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Alba Rus

Periodista y coordinadora gestión web

Actualizado a

Cuenta bancaria

Cuando fallece uno de los titulares, lo primero que hay que hacer es comunicarlo a la entidad financiera.

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Es habitual que dos o más personas administren conjuntamente una misma cuenta bancaria para facilitar los gastos, ingresos, pagos diarios e incluso los ahorros. Sin embargo, cuando uno de los titulares fallece, se desencadenan trámites legales y administrativos que pueden complicar el acceso y uso del dinero acumulado y las condiciones para seguir operando.

Según el Banco de España, "si la cuenta es conjunta, desde el fallecimiento de un titular, los demás no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido". 

Notificación obligatoria y bloqueo provisional

Lo primero que debe hacerse tras la pérdida de uno de los titulares es comunicarlo a la entidad financiera presentando el certificado de defunción.

En este punto, el banco puede decidir limitar las operaciones que se realicen con el producto. En general, el saldo se bloquea para evitar movimientos que puedan afectar a los derechos de los herederos y garantizar que la distribución del patrimonio se ajuste a lo estipulado legalmente.

Este bloqueo no siempre ocurre, pero las entidades lo aplican cuando existen dudas sobre la titularidad o si otros interesados han reclamado derechos sobre el dinero.

Normativa que regula el proceso

El proceso está amparado por el Código Civil español en los artículos 657 y siguientes que regulan las sucesiones y herencias. Además, la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, obliga a las entidades bancarias a seguir procedimientos claros para identificar titulares y gestionar operaciones en casos de fallecimiento.

En la página oficial del Ministerio de Justicia, explica que la apertura del proceso de sucesión es imprescindible para liberar los fondos y proceder a su reparto conforme a la voluntad del fallecido o la ley.

Herederos y el impacto en la gestión del dinero común

Cuando existe testamento, o en su ausencia se realiza una declaración de herederos, la situación cambia. Aunque la persona que sigue viva en la cuenta puede operar con el saldo, necesita la autorización de los herederos para disponer de la totalidad del dinero.

Según el Ministerio de Justicia, los fondos en la cuenta son parte del patrimonio del fallecido, y los demás titulares no pueden usarlos libremente hasta que no se resuelva el proceso sucesorio.

En el caso de que existan varios herederos, cada uno tendrá derecho a la parte proporcional de la herencia, incluido el dinero depositado en la cuenta financiera común.

Diferencias legales entre titular y cotitular

Aunque en el uso diario ambos términos suelen emplearse como sinónimos, desde el punto de vista jurídico hay una diferencia. Por un lado, el titular es quien firma el contrato con la entidad y tiene plenos poderes sobre la gestión. El cotitular comparte derechos y obligaciones, pero depende del acuerdo con el titular y las reglas del banco.

Tras la defunción, el titular que se encuentre en vida, puede mantener la cuenta a su nombre, siempre que cumpla con las exigencias legales y entregue la documentación que se requiera, como el certificado de defunción y la documentación hereditaria.

El proceso para actualizar la titularidad

Para que la persona que queda viva en la relación bancaria pueda operar con normalidad, deberá solicitar el cambio de titularidad. Este trámite también exige acudir a la entidad financiera y presentar toda la documentación requerida: certificado de defunción, testamento o declaración de herederos y DNI.

El banco valorará la información y modificará los registros, eliminando al cotitular fallecido y dejando a la persona viva como único responsable. De esta manera, se evita que futuros conflictos afecten la administración del dinero.

¿Qué ocurre si no se comunica la muerte?

No informar a la entidad sobre el fallecimiento puede generar problemas legales y económicos. El banco desconoce la situación y puede permitir operaciones que después complicarían la sucesión o generar reclamaciones por parte de herederos.

Además, si se realizan movimientos sin autorización tras el fallecimiento, la persona viva podría enfrentarse a consecuencias legales y debe evitar esta práctica para respetar la normativa vigente.

Aspectos fiscales y tributarios

La administración tributaria establece que los fondos en la herramienta financiera conjunta forman parte del patrimonio del fallecido y, por lo tanto, están sujetos a los impuestos correspondientes a la herencia.

Los herederos deben realizar la declaración y el pago de los impuestos sobre sucesiones en los plazos establecidos para evitar sanciones.

Por eso, mantener bloqueado el saldo hasta que se aclaren las condiciones hereditarias permite cumplir con las obligaciones fiscales y evitar fraudes o errores en la gestión económica.

Recomendaciones para evitar complicaciones

Hay que tener en cuenta algunos aspectos al abrir un producto financiero en conjunto:

  1. Informarse bien sobre las condiciones contractuales y legales.
  2. Establecer un testamento o acuerdo previo que clarifique la distribución del dinero.
  3. Mantener la documentación actualizada y comunicarse con la entidad bancaria ante cualquier cambio relevante.
  4. Consultar con un abogado o asesor fiscal para entender las implicaciones en caso de fallecimiento.

Puntos clave

  • Las cuentas bancarias compartidas facilitan la gestión del dinero entre dos o más personas.
  • Tras el fallecimiento de un titular, el banco puede bloquear el saldo para proteger los derechos de los herederos.
  • Es obligatorio comunicar la muerte a la entidad financiera con el certificado de defunción.
  • El proceso está regulado por el Código Civil y la Ley de servicios de pago.
  • Los fondos forman parte de la herencia y están sujetos al impuesto de sucesiones.
  • No informar al banco puede derivar en conflictos legales.