Hacienda puede multar las transferencias entre familiares que superen esta cantidad

Muchos desconocen que transferir bienes o efectivo a alguien cercano también tiene consecuencias legales y puede afectar en la declaración de este año

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Alba Rus

Periodista y coordinadora gestión web

Actualizado a

Firmar donaciones

La Agencia Tributaria puede llegar a imponer multas de hasta 150.000 euros si detecta irregularidades

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Hacer una transferencia a un hijo o regalar una cantidad importante a tu pareja no es tan fácil como mover dinero de una cuenta a otra. Aunque no haya intención de esconder nada, Hacienda considera que toda entrega gratuita entre personas —sobre todo dentro de una misma familia— puede constituir una donación sujeta a impuestos. Y si no se declara correctamente, las sanciones son más elevadas de lo que muchos imaginan.

En plena campaña de la Renta 2024, conviene recordar que regalar también implica obligaciones fiscales. No importa si es dinero, un coche o una vivienda, la Agencia Tributaria exige transparencia total y puede llegar a imponer multas de hasta 150.000 euros si detecta irregularidades.

Dos impuestos distintos: uno para quien da y otro para quien recibe

En una donación intervienen dos figuras: el donante, que entrega el bien, y el donatario, que lo recibe. Cada uno debe cumplir su parte ante Hacienda.

Por un lado, el donante debe declarar la operación en su IRPF si la cesión le ha generado una ganancia patrimonial. Esto ocurre, por ejemplo, al regalar un inmueble que se compró por un precio inferior al actual.

Por otro, el donatario tiene que liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), siempre que la cesión tenga valor económico. Este tributo varía en función de la comunidad autónoma y del vínculo familiar entre las partes.

A partir de 3.000 euros, Hacienda puede actuar

Aunque la ley no obliga a declarar automáticamente todas las transferencias, cualquier movimiento igual o superior a 3.000 euros llama la atención del sistema bancario. Los bancos están obligados a informar de estas operaciones al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC), lo que puede derivar en una revisión por parte de la Agencia Tributaria.

En este contexto, muchas personas que han hecho un regalo o ayuda familiar, es posible que acaben recibiendo una notificación solicitando justificación documental.

Si superas los 100.000 euros, el trámite se endurece

Además de los 3.000 euros, hay un segundo umbral mucho más alto: las transferencias superiores a 100.000 euros. En estos casos, la ley obliga a presentar el modelo S1 ante Hacienda para declarar el movimiento de capitales. Este trámite no solo permite cumplir con la normativa fiscal, sino también con la normativa de prevención de blanqueo.

Omitir este documento puede costar caro. Las multas parten de 600 euros y pueden alcanzar hasta el 50% del importe. Y si además no se justifica el origen del dinero, la sanción asciende hasta 150.000 euros.

Qué bienes se consideran donación

Donar no es solo regalar dinero. También lo son las cesiones gratuitas de joyas, vehículos, participaciones empresariales, arte o incluso inmuebles. En el caso de viviendas, el proceso exige además formalizar la operación ante notario y abonar los impuestos correspondientes.

Si el valor del bien ha aumentado desde su compra, el donante debe calcular y declarar esa ganancia en su IRPF. Hacienda aplicará un porcentaje que varía según el importe.

Por ejemplo, si un padre compró una vivienda por 150.000 euros y la regala cuando vale 250.000, debe declarar esa diferencia como plusvalía.

Situación en las parejas no casadas

Uno de los errores más comunes lo cometen las parejas de hecho o no registradas. En muchas comunidades autónomas, si no existe vínculo matrimonial ni inscripción oficial como pareja de hecho, la tributación puede ser mucho más elevada, ya que el receptor se considera un extraño a efectos fiscales.

Eso significa que regalar dinero a tu pareja, aunque viváis juntos, puede tributar como si se tratase de un tercero sin relación.

Consecuencias de no declarar bien

  1. Multas de hasta el 50% del importe transferido si no se presenta el modelo S1.
  2. Penalizaciones de hasta 150.000 euros si no se acredita la procedencia del dinero.
  3. Recargos en el IRPF por no declarar la plusvalía generada en la donación de un bien.

Además, Hacienda puede reclamar los intereses de demora e incluso iniciar un procedimiento sancionador si interpreta que hubo voluntad de ocultación.

¿Cómo evitar problemas?

Lo más recomendable es informarse antes de hacer cualquier regalo importante, por inocente que parezca. Consultar con un gestor o asesor fiscal ayuda a prevenir errores. También es fundamental dejar constancia por escrito de la operación, sobre todo cuando se trata de cantidades grandes o bienes de valor.

Formalizar la donación ante notario no solo aporta seguridad jurídica, sino que deja constancia legal para posibles revisiones que Hacienda quiera hacer.

Puntos clave

  • Las donaciones entre personas deben declararse y pueden implicar el pago de impuestos.
  • El IRPF afecta al donante si hay ganancia patrimonial, y el ISD al donatario si recibe bienes con valor.
  • Hacienda puede revisar movimientos de más de 3.000 euros e impone sanciones por encima de los 100.000 si no se justifica.
  • Las parejas no casadas tributan como extraños si no hay vínculo legal.
  • Declarar de forma adecuada evita multas, recargos e inspecciones.