¿Cuánto se tarda en recibir la pensión después de solicitar la jubilación?

El tiempo que transcurre desde que se inicia el trámite hasta que se reconoce el derecho a percibir la prestación pública varía según la vía elegida y la situación del solicitante

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Ana Cantero

Periodista especializada en asuntos internacionales y económicos

Actualizado a

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El tiempo que transcurre desde que se inicia el trámite hasta que se reconoce el derecho a percibir la prestación pública varía según la vía elegida y la situación del solicitante

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Para planificar la jubilación de una forma eficiente, todo futuro pensionista debe conocer los plazos concretos establecidos en el proceso de solicitud de la pensión para evitar sustos o retrasos no planificados, ya que la resolución no siempre se produce inmediatamente después de comunicar el cese laboral al Instituto de la Seguridad Social (INSS).

Es precisamente este organismo el que establece un plazo de 90 días para comunicar la resolución, por lo que los trabajadores que estén pensando en jubilarse pueden solicitar su pensión con hasta tres meses de antelación, según el Real Decreto 286/2003. Sin embargo, la media de tiempo que suele tardar el INSS en resolver el asunto es menor a tres meses.

El plazo disminuye a efectos prácticos

El plazo de 90 días establecido por la ley es válido tanto para la modalidad contributiva como para la modalidad no contributiva de la pensión de jubilación. No obstante, el plazo real en el que el INSS comunica la resolución es considerablemente menor. Según datos recogidos por el banco BBVA correspondientes a febrero de 2025, el plazo medio de resolución de los expedientes de solicitud de pensión es de 21,53 días en el caso de la pensión de jubilación y de 12,96 días en el caso de las pensiones de viudedad. 

Desde el portal web de la entidad bancaria recuerdan que, para presentar la solicitud de pensión, el solicitante debe cumplimentar el modelo de solicitud de pensión de jubilación y adjuntar la documentación que se indica en el modelo de solicitud, dependiendo de sus circunstancias personales.

Cómo presentar la solicitud

La solicitud de pensión y el resto de documentación necesaria se debe presentar en tiempo y forma en cualquiera de los centros de atención e información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), salvo los trabajadores del mar, que la deben presentar en el Instituto Social de la Marina, según explican desde BBVA.

También es posible solicitar la pensión de forma telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y del Portal “Tu Seguridad Social”, aunque únicamente con acceso a través de DNI electrónico o certificado electrónico, y de clave permanente. “Esta es la vía recomendable, si la persona se maneja bien con dispositivos electrónicos, por su rapidez y comodidad, sin necesidad de desplazamientos”, añaden.

Cuándo solicitar la pensión

Se puede solicitar la pensión de jubilación hasta tres meses antes de la fecha en la que se produce el cese laboral. La persona que pide la pensión puede escoger la fecha en la que empezará a cobrarla, siempre que esa fecha esté dentro de los tres meses antes o después de presentar la solicitud, o que sea exactamente ese día, salvo si la solicitud se hace desde fuera de España. 

Es importante recordar que, si la solicitud se presenta más de tres meses después de dejar el trabajo, la pensión solo tendrá efectos económicos desde un máximo de tres meses antes de que se presente la solicitud. La fecha que la persona indique será la que se tenga en cuenta para determinar si sigue en alta en la Seguridad Social, si está en situación similar a estar en alta o si no está en ninguna de esas situaciones. Esto ayuda a decidir si tiene derecho a la pensión y cuánto le corresponde, aunque los efectos económicos de la pensión empezarán en la fecha que corresponda en cada caso.

¿Cuándo se empieza a cobrar exactamente?

Si la persona está en alta en algún régimen de la Seguridad Social, se considerará que empieza a percibir la pensión desde el día en que se da de baja en ese régimen, por dejar de trabajar por cuenta propia o ajena.

En casos en los que la persona esté en una situación similar a estar en alta, como cuando se traslada fuera de España para trabajar para una empresa española, la pensión se entenderá que empieza en la fecha en que dejó ese trabajo. También en casos de excedencia forzosa para ocupar un cargo público, la pensión se considerará desde la fecha en que dejó ese cargo o funciones.

Si la persona termina su prestación por desempleo o subsidio por desempleo, incluyendo a quienes tienen más de 52 años, y llega a la edad necesaria para jubilarse, la pensión se considerará que empieza en ese día. Igualmente, en todos estos casos, la persona puede solicitar la pensión hasta tres meses antes del hecho que la causa o en cualquier momento después, sin que eso afecte a los efectos económicos. 

Esos efectos económicos del reconocimiento del derecho a la pensión se producirán, con carácter general, a partir del día siguiente a la fecha en que se produzca el hecho causante, tal y como indican desde la entidad bancaria.

Puntos clave

  • La ley establece un plazo de 90 días para que el INSS emita una resolución sobre la pensión de jubilación
  • Según el BBVA, el plazo se reduce a efectos prácticos a 21 días
  • La solicitud se debe presentar tres meses antes de dejar de trabajar, de forma presencial o telemática