Cómo jubilarte en España si has trabajado en el extranjero

Desde los convenios bilaterales hasta las diferencias en la normativa europea, conocer los trámites y requisitos para acceder a una prestación desde el extranjero es clave para evitar sorpresas al regresar

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Ana Cantero

Periodista especializada en asuntos internacionales y económicos

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Se incluyen todos los países de la Unión Europea, así como del Espacio Económico Europea, que incluye Islandia, Noruega y Liechtenstein, además de Suiza

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Era muy común en tiempos de la dictadura y volvió a serlo tras las diferentes crisis económicas que han atizado el mundo en las últimas décadas: emigrar para buscarse el pan puede ser un quebradero de cabeza a la hora de planificar la jubilación e imaginarse un futuro estable en casa, que es la gran aspiración de muchos trabajadores emigrados.

Antes de dar el gran paso y volver a disfrutar del sol y la gastronomía española, es conveniente saber cuál es el procedimiento para transferir todo lo cotizado en el extranjero al sistema de la Seguridad Social, así como los acuerdos existentes con el país donde se ha desarrollado laboral, que serán cruciales a la hora de calcular la pensión por jubilación.

Una vida laboral fuera de España

Lo primero que conviene saber si se planea la jubilación pero la vida laboral ha transcurrido fuera de España es si la estancia en el extranjero puede ser convalidada en España. “Si los países en los que hemos trabajado tienen convenios, todo es más fácil, porque las propias instituciones de seguridad social se comunican entre sí y, en general, se suman los periodos cotizados para tener derecho a una pensión”, explican desde la Revista de la Seguridad Social.

Por lo general, existen tres grandes bloques que engloban varios países y cuya normativa será determinante a la hora de transferir las cotizaciones de vuelta a España.

Unión Europea, Suiza y EEE

Se incluyen todos los países de la Unión Europea, así como del Espacio Económico Europea, que incluye Islandia, Noruega y Liechtenstein, además de Suiza. Todos estos países están sujetos al Reglamento comunitario de coordinación de los sistemas de Seguridad Social. “La normativa comunitaria reconoce el principio de exportación entre esos países de las prestaciones. Además, las normas de coordinación de la UE garantizan que no se pierdan las cotizaciones pagadas en los países antes de su incorporación a la UE”, explican desde el Banco BBVA, en su portal especializado dedicado a la jubilación.

Además, según detalla la entidad bancaria, se admite el principio de la acumulación o totalización de períodos de cotización, según el cual, los períodos de seguro, empleo o residencia cubiertos bajo la legislación de un estado miembro se tendrán en cuenta en todos los demás estados. No obstante, esto no implica que la Seguridad Social española calcule la prestación considerando la totalidad de los periodos cotizados en todos los países. Lo que hace es, tras sumar dichos períodos, realizar un prorrateo de la pensión basado únicamente en el tiempo de cotización en España.

Este cálculo se compensará con la pensión que el ciudadano reciba de los diferentes países en los que ha trabajado: el trabajador recibirá una prestación de cada país en el que haya estado empleado, siempre que haya cumplido con los requisitos mínimos, en función del tiempo trabajado y la cantidad cotizada en su Seguridad Social. En caso de que no se genere derecho a pensión en un país debido a un tiempo de cotización insuficiente, no se le abonará allí, pero ese periodo sí se tendrá en cuenta para sumar todos los periodos de cotización.

Acuerdos bilaterales o ausencia de acuerdos

Fuera de estos territorios, España posee acuerdos bilaterales con distintos países, que son Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, China, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Senegal, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela, como señalan desde el Instituto Europeo de Asesoría Fiscal (INEAF).

“Existe un Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social en virtud del cual se coordinan las legislaciones de los distintos estados latinoamericanos y que tiene plena aplicación en todos los casos, tengan o no acuerdos bilaterales con España”, añaden desde el BBVA. En estos casos, la pensión se calculará en función del acuerdo concreto.

Por último, hay países con los que la Seguridad Social española no tiene acuerdos. En esos casos, el trabajador podrá tener derecho a recibir prestaciones en esos países, según las cotizaciones que haya hecho allí durante su tiempo de trabajo, pero no en España.

Casos mixtos

Dado que pueden existir muchos supuestos variados, desde la Seguridad Social recomiendan a los trabajadores acercarse a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para obtener la orientación necesaria. De hecho, es en el propio CAISS o en la sede electrónica donde se recibe la solicitud de pensión y se remite a las instituciones correspondientes de los países en los que se alegue haber ejercido actividad laboral, que estudiarán también los derechos a pensión del trabajador.

Pueden darse casos en los que un trabajador haya estado empleado en países pertenecientes a diferentes bloques. Por ejemplo, si un trabajador ha estado empleado en España, Chile (acuerdo bilateral) y Polonia (Reglamento Comunitario de la UE), se calcula primero su pensión en España, en segundo lugar la suma de los periodos cotizados en España y Chile y, por último, los periodos cotizados en España y Polonia. De las tres cantidades, se escogería la más beneficiosa, ya que no se pueden sumar los períodos de seguro acreditados en el país de convenio bilateral y en el de Reglamentos Comunitarios.

Por último, si la edad de jubilación cambia según el país, es importante considerar que el hecho de cobrar una pensión antes que otra podría influir en las cantidades que se percibirán. Desde el BBVA recomiendan consultar a la administración competente del país en el que se reside o de los países donde se haya trabajado.

Puntos clave

  • El cálculo de la pensión si la vida laboral transcurrió en varios países depende de los acuerdos entre España y el país donde se haya emigrado

  • La UE, Suiza, el EEE y la mayoría de países Iberoamericanos, así como Canadá, Estados Unidos, China o Japón, cuentan con un reglamento comunitario o acuerdos bilaterales con nuestro país que facilitan el proceso
  • En caso de no contar con ningún acuerdo, solo se percibirá la pensión en el país donde se ha cotizado