Cuanto antes se presente, mejor: ¿cuánto tarda Hacienda en devolver la Renta?

Los expertos creen que presentar la declaración de la renta al inicio de la campaña puede acelerar la devolución del resultado, siempre y cuando no salga a pagar

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Ana Cantero

Periodista especializada en asuntos internacionales y económicos

Actualizado a

Campaña declaración renta

La Agencia Tributaria refuerza su capacidad de control en un escenario cada vez más complejo y globalizado

EuropaPress

Una vez presentada la declaración de la renta, si se obtiene un resultado a devolver, la primera pregunta que pasa por la cabeza del contribuyente es: “¿cuándo recibiré mi dinero?” Ya pasado el ecuador de la Campaña de la Renta de 2024, que finaliza el 30 de junio de este año, son muchos los contribuyentes que están esperando a que la Agencia Tributaria les abone el resultado positivo de su declaración, aunque el organismo público no estipula plazos fijos para hacerlo más allá de un máximo de seis meses.

Es importante tener en cuenta que, en caso de duda, siempre es posible consultar el estado de la declaración. También existe un plazo para recibir el dinero que, por lo general, se hace a través de una transferencia bancaria. Los expertos apuntan a que, cuanto antes se presente la declaración, más rápida será la devolución, que puede demorarse considerablemente en caso de incidencia o revisión manual.

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la Renta?

Los afortunados cuya declaración salga a devolver, han de saber que Hacienda dispone de un plazo de seis meses desde el término del plazo de presentación de las declaraciones -30 de junio de 2025-, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada, según se especifica en el propio portal web de la Agencia Tributaria.

No obstante, en la mayoría de los casos, la devolución no se hace tanto de rogar. “La Agencia Tributaria, por lo general, inicia el proceso de devolución a los dos días del comienzo de la campaña fiscal. Aunque suelen realizar el ingreso a los contribuyentes en un lapso de 30 días desde la validación del borrador, este pago podría extenderse más allá de este período”, señalan desde Nuño Jiménez Asesores.

Estos expertos estiman los siguientes plazos de devolución según cuándo se presente la declaración de la renta:

  • Presentada en abril o mayo: Entre 15 y 45 días.
  • Presentada en junio: Hasta 3 meses.
  • Presentada en julio o fuera de plazo: Hasta 6 meses.
  • Si hay incidencias o revisión manual: Puede superar 6 meses, incluyendo intereses de demora.

Por tanto, según esta asesoría, conviene darse prisa y realizar la declaración al inicio de la Campaña de la Renta si urge la devolución del importe obtenido.

Cómo consultar el estado de la declaración

Además, en estos casos en los que la declaración sale a devolver, se puede consultar el estado de la devolución solicitada a través del Servicio de tramitación del borrador o declaración, es decir Renta WEB.

Más específicamente, se puede obtener la información sobre el estado de tramitación de la devolución de Renta 2024 accediendo al banner Campaña Renta 2024 y entrando en tu expediente a través de la opción "Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)". Actualmente, para la consulta del estado de tramitación puedes identificarte de varias formas, según explican desde la Agencia Tributaria:

  • Con certificado o DNI electrónico
  • Con Cl@ve
  • Con el número de referencia del borrador/declaración de Renta 2024 y que consta de 6 caracteres
  • Con acceso a ciudadanos UE (eIDAS)

El portal web del organismo añade que una vez realizadas las comprobaciones oportunas y la declaración sea correcta, aparecerá un mensaje indicando cuándo será emitida la devolución.

Estados de tramitación

En función de la situación del expediente consultado, en el apartado "Estado de Tramitación" del aparecerá alguno de los siguientes mensajes: 

  • "Su declaración se está tramitando": Indica que la documentación ya ha sido enviada por el contribuyente, es decir, que ha presentado la declaración de la renta.
  • "Su declaración está siendo comprobada": Indica que los técnicos de Hacienda están realizando las comprobaciones pertinentes.
Declaración de la Renta

Conviene recordar que, como en muchos otros casos, si el plazo de seis meses finaliza y el contribuyente no ha recibido el ingreso de la devolución, el importe llevará adjunto intereses de demora

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  • "La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso": Si aparece este mensaje, es posible que exista algún problema con el envío de la declaración, por lo que conviene consultarlo a su asesor fiscal o directamente a los técnicos de Hacienda para solucionarlo.
  • "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria": Significa que la Agencia Tributaria ya ha comprobado que todo es correcto.
  • "Su devolución ha sido emitida el día XX/XX/XXXX": En esta fase, que es la final, el pago ya ha sido emitido y el contribuyente recibirá el importe en un plazo máximo de diez días.

Conviene recordar que, como en muchos otros casos, si el plazo de seis meses finaliza y el contribuyente no ha recibido el ingreso de la devolución, el importe llevará adjunto intereses de demora, que en este caso se sitúan en un 4,0625% anual sobre las deudas tributarias pendientes de pago.

Puntos clave

  • Los expertos creen que presentar la declaración de la renta al principio de la campaña puede acelerar la devolución
  • Los contribuyentes tienen derecho a percibir intereses de demora si Hacienda tarda más de seis meses en devolver la renta
  • Se puede consultar el estado de la devolución a través del portal web de la Agencia Tributaria