El índice oficial del INE reduce al 1,99% el límite para subir rentas de alquiler en mayo

La actualización de contratos firmados tras la Ley de Vivienda usa un nuevo índice que evita aumentos excesivos y aplica parámetros que moderan la inflación

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Alba Rus

Periodista y coordinadora gestión web

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Para mayo de 2025, el indicador baja al 1,99% interanual, frente al 2,09% del mes anterior

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El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este viernes el índice que regula la actualización anual de los contratos de alquiler de vivienda. Para mayo de 2025, el indicador baja al 1,99% interanual, frente al 2,09% del mes anterior, estableciendo un tope para las subidas de renta que protege tanto a inquilinos como a propietarios.

Este índice es obligatorio para los contratos firmados desde la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, el 25 de mayo de 2023. Así, los arrendamientos posteriores a esta fecha deberán actualizar sus rentas aplicando este nuevo parámetro, que combina diferentes variables económicas y un coeficiente moderador para contener la inflación real.

Cómo se calcula el índice y qué variables intervienen

La referencia que marca el límite máximo para la subida anual no se basa solo en el IPC tradicional — en España se moderó hasta el 2% interanual en mayo de 2025—, sino que incluye la inflación subyacente —que elimina los precios volátiles— y el crecimiento esperado a largo plazo del índice, propuesto por la Dirección General de Política Económica.

A estos datos se aplica un coeficiente moderador diseñado por el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Economía para responder a la situación del mercado del alquiler, evitando incrementos bruscos que dificulten la estabilidad financiera de los arrendatarios.

El índice final resulta del mínimo entre tres tasas: la variación anual del IPC, la inflación subyacente y una tasa ajustada, lo que garantiza un freno efectivo en la actualización de rentas.

Impacto en contratos anteriores a la Ley de Vivienda

Los arrendamientos firmados antes del 25 de mayo de 2023 mantienen su fórmula de revisión según el contrato original. Esto implica que algunos seguirán usando el IPC como referencia, mientras que otros aplicarán el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), limitado al 2% como máximo.

Fuentes oficiales del Ministerio de Vivienda han confirmado a Europa Press que en todos los casos se respetará el tope del 2%, o el porcentaje estipulado en cada contrato, asegurando que las subidas no superen límites razonables.

Respuesta del Gobierno a la crisis inflacionaria

En 2024, el Gobierno impuso un límite extraordinario para la actualización de rentas en el 3%, debido al fuerte impacto que la guerra en Ucrania tuvo sobre los precios. Además, en 2022 y 2023, se aplicó el IGC para contener incrementos, con un techo del 2% y un piso del 0%.

La publicación del índice mensual por parte del INE responde a la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que obliga a definir un sistema transparente para actualizar los contratos y proteger a ambas partes.

Beneficios y retos para inquilinos y propietarios

Para los inquilinos que firmaron contrato tras la Ley, este índice ofrece un marco protector. Limita la subida anual a un porcentaje que refleja la inflación real, con ajustes que evitan aumentos inesperados y que podrían desequilibrar presupuestos familiares. Esto genera mayor seguridad financiera y confianza para planificar el futuro.

Los propietarios, por su parte, cuentan con un sistema que ajusta las rentas sin pérdidas en el valor real, ya que el índice incluye variables que contemplan la inflación subyacente y el crecimiento esperado a largo plazo.

Sin embargo, algunos agentes del sector recuerdan que este mecanismo también plantea retos. La necesidad de contener las subidas puede afectar la rentabilidad y la inversión en mantenimiento de las viviendas, especialmente en zonas con alta demanda y costes crecientes.

Qué debes tener en cuenta si eres inquilino o arrendador

  • Para inquilinos: Si tu contrato fue firmado después de mayo de 2023, tu renta solo podrá actualizarse con el índice oficial, como máximo un 1,99% en mayo de 2025. Este límite garantiza que el incremento anual no superará la inflación real ni generará presión económica excesiva.
  • Para propietarios: Deben conocer que, aunque el límite reduce las subidas, el índice incorpora factores que buscan equilibrar la protección del inquilino con el mantenimiento del valor económico de la renta. Se recomienda revisar bien el contrato y entender si aplica el nuevo índice o el sistema anterior.
  • Para contratos previos a mayo de 2023: La actualización dependerá de lo firmado, pero en ningún caso podrá superar el 2% anual por el IGC, salvo que el contrato establezca otro límite dentro de la normativa vigente.

Puntos clave

  • El INE fija en 1,99% el índice para la actualización anual de alquileres en mayo 2025.
  • El índice es obligatorio para contratos firmados desde la Ley de Vivienda (mayo 2023).
  • La medida protege a inquilinos evitando subidas excesivas y da certidumbre a propietarios.
  • El índice cumple con la Ley para evitar incrementos desproporcionados en el mercado.