Son muchos los autónomos que comienzan realizando una actividad económica y, tras un tiempo dedicándose a ello, prefieren cambiar de actividad por falta de rentabilidad o realizar dos o más actividades distintas a la vez para obtener más ingresos. Es común que, tras darse de alta en un epígrafe en concreto del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), el trabajador por cuenta propia se pregunte si puede realizar otra actividad distinta a la que provocó el alta.
La respuesta es que sí, pero es necesario que el trabajador se dé de alta en un nuevo epígrafe IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) para que Hacienda esté al tanto de la nueva actividad realizada. Es aquí cuando surgen las preguntas: ¿significa eso que hay que pagar más impuestos? ¿Pueden ser dos actividades distintas incompatibles? La realidad es que un trabajador autónomo puede desarrollar tantas actividades económicas como quiera sin que la Seguridad Social ponga ningún problema.
Darse de alta como autónomo en un epígrafe IAE
Según explican desde el portal web especializado Infoautónomos, hasta el 1 de enero de 2019 el tipo de actividad marcaba la obligación de cotizar por contingencias profesionales, pero la entrada en vigor del Real Decreto Ley 28/2018 hizo extensible esta obligación a todos los trabajadores del RETA.
Así, a la hora de comunicar el alta como autónomo en el censo de empresarios, profesionales y retenedores a través del modelo 036 o del modelo 037 se debe elegir el epígrafe de actividad económica (IAE), que determina las siguientes cuestiones:
- Si se trata de una actividad profesional o empresarial: Las actividades profesionales obligan a aplicar retención en las facturas. El tipo general es del 15%, reducido al 7% en el caso de los nuevos autónomos durante el año de alta y los dos siguientes.
- El régimen del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): General, simplificado o de recargo de equivalencia (obligatorio para los comerciantes minoristas).
- El régimen de tributación del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas (IRPF), que puede ser de estimación objetiva (módulos) o estimación directa.
Añadir otro epígrafe al modelo 036 o 037
Para mantener la fiscalidad en orden, aquellos autónomos que quieran realizar una segunda actividad económica, deben volver a presentar el modelo 036 o 037, según corresponda, rellenando todo igual que la primera vez y marcando la casilla de la nueva actividad que vayan a desarrollar. Se puede comunicar una nueva actividad a través del portal de la Seguridad Social, aunque también se puede hacer de forma presencial. No tendrán que pagar más por ello, es decir, su cuota de autónomo se mantendrá como estaba.
Desde Infoautónomos recomiendan que, si el trabajador se ve en la obligación de optar por varios epígrafes de actividad, hay que tratar de que ambos tributen por el mismorégimen del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Valor Añadido (IVA). “A nivel contable, has de llevar la gestión de ingresos y gastos de forma separada por cada una de las actividades. Esta diferenciación se establece en la declaración de la renta: en ella tendrás que imputar tus ingresos y gastos detallando cada uno de los epígrafes de actividad”, explican.
La clave está en los gastos y el IVA
¿Implica esto que cuantas más actividades económicas se desarrollen más impuestos se deben de pagar? Como es lógico, la obtención de beneficios es directamente proporcional al pago de impuestos, pero es importante tener presente que los beneficios no son simplemente los ingresos obtenidos, sino el resultado de ingresos menos gastos. Por eso es importante el alta en ambos epígrafes, para poder informar a Hacienda correctamente de cuáles son los gastos deducibles por cada actividad económica desarrollada, además de para poder emitir las facturas correspondientes.
A veces, la nueva actividad comunicada está orientada a la ampliación del negocio, aunque otras veces puede no tener nada que ver. Por ejemplo, un fotógrafo puede dedicarse también a vender ropa. El problema puede surgir cuando se realice una actividad con IVA y otra sin IVA. En esos casos, solo se pueden deducir los gastos correspondientes a la actividad cuyo IVA sí es deducible. De cualquier forma, se recomienda siempre contar con un asesor fiscal para cumplir con los calendarios fiscales de los autónomos y evitar sorpresas.
Aunque lo más recomendable es optar por un único epígrafe de actividad para simplificar las obligaciones fiscales, esto no siempre es posible. Por ejemplo, un trabajador puede producir zapatos con el objetivo de comercializarlos. En ese supuesto, tendrá que darse de alta en dos epígrafes de actividad, como productor y como comerciante minorista. Lo mismo en el caso del fotógrafo si decidiera dedicarse también a la edición de vídeos. Porque, aunque ambas estén relacionadas con el sector audiovisual, son dos actividades recogidas en epígrafes distintos.
Puntos clave
- Un autónomo puede desarrollar tantas actividades económicas como quiera siemre y cuando se dé de alta en los epígrafes IAE correspondientes
- No hacerlo impediría deducir gastos y emitir facturas por las actividades realizadas que no sean la que provocó el alta
- Para darse de alta en más de un epígrafe, es necesario rellenar el modelo 036 como la primera vez marcando las casillas correspondientes a las nuevas acitividades